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Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

Esta es una discusión para el tema Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho) en el foro Off-Topic, bajo la categoría Temas de Interes General; Estudio Derecho y hace poco me hicieron una consulta. Una chica convive 3 años con su novio, al segundo año ...
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  1. #1
    Senior Member
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    Question Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

    Estudio Derecho y hace poco me hicieron una consulta.

    Una chica convive 3 años con su novio, al segundo año tienen un hijo, a los 6 meses el novio fallece.

    Unos meses antes de fallecer el novio habia empeñado una joya que era del bebe (una esclava de oro), una semana antes de fallecer terminó de pagar la deuda y solo estaba para recojo.

    Como no tenia tiempo, le dio un poder a un amigo; este amigo fue luego del fallecimiento del señor y en la financiera verificaron que el titular habia fallecido y pedían una sucesión intestada para hacer la entrega.

    Ahora :

    Yo considero que este requisito es en extremo "formalista", el bebe tiene partida de nacimiento y esta reconocido, bien la madre podria pedir el recojo como representante del menor (quien de todas formas es heredero forzoso)

    La otra idea que plantearon quienes me consultaron fue que se haga una declaracion judicial de convivencia y mi duda viene en el sentido que si esa declaracion confiere per se derechos sucesorios o solo da legimitidad para obrar en un futuro proceso ( de sucesion intestada ) a la conviviente.

    Los bienes hereditarios son reinvidicables por cualquiera de los herederos, sea quien los posea de buena o mala fe, el niño al estar ya reconocido tiene tal calidad.

    Ahora : la madre tiene representacion judicial para actuar en nombre del niño en cualquier proceso.

    Que se les ocurre a Ustedes?
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  2. #2
    Senior Member Avatar de CarLoStyLe
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    Predeterminado Re: Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

    Que busques otra carrera ...
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  3. #3
    Senior Member Avatar de scaryblack
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    Predeterminado Re: Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

    Denuncia a la casa de empenio.

  4. #4
    Senior Member
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    Exclamation Re: Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

    Cita Iniciado por scaryblack Ver mensaje
    Denuncia a la casa de empenio.
    Bajo que supuesto ?
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  5. #5
    Senior Member Avatar de [ZaGaTo]
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    Predeterminado Re: Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

    bueno no soy estudiante de derecho pero en general algo conosco, aunque me parece la seccion offtopic de un foro no es buen lugar para pedir consejo legal ;)
    en todo caso a mi parecer el poder otorgado del titular al amigo era para facilitar la entrega del bien (dado la falta de tiempo)
    con el titular muerto nada garantice que el apoderado haga llegar el bien al titular
    es la unica excusa medianamente razonable que la casa de empeño podria dar, pero dicho sea de paso no es su problema ya que creo yo bastaria con certificar que el poder fue dado regularmente

    Cita Iniciado por HT-Inmortal Ver mensaje
    Ahora : la madre tiene representacion judicial para actuar en nombre del niño en cualquier proceso.
    por otro lado ese argumento deberia bastar, el niño es el heredero natural del padre
    al ser menor de edad la custodia la tienen los padres, al estar muerto el padre por su puesto que la custodia legal la tiene la madre que puede reclamar los bienes del menor esten en manos de la casa de empeño o del amigo y administrarlos hasta su mayoria de edad.

    un documento que certifique: la defuncion del padre, la partida de nacimiento ocn el hijo firmado por el padre muerto, y la misma partida para certificar a la madre como apoderada legal deberian bastar

    lo que habria que tener en cuenta es tambien si el padre no tenia otros herederos que podrian reclamar la heredad, en este caso me parece que el procedimiento con el notario es convocarlos con anuncios en los periodicos o algo asi

    en todo caso la casa de empeño no puede quedarse con la joya y supongo puede denunciarlos la madre como apoderada de un heredero, por "apropiacion ilicita" o que se yo, desconosco la tipificacion exacta del delito
    Última edición por [ZaGaTo]; 25/03/2010 a las 23:15
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  6. #6
    Senior Member Avatar de Zparda
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    Predeterminado Re: Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

    Este topic seria tan riko si estubiera en /b/, esparciria sonrisas por unos 30 minutos

    Sorry por el off Topic pero WOW
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  7. #7
    Senior Member Avatar de Kristof
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    Predeterminado Re: Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

    La declaracion judicial de convivencia esta referida a los derechos concernientes a una sociedad de gananciales, pero en esta situacion en particular, es necesario una sucesion intestada sea via notarial o judicial ( la via judicial no es recomendable) y una vez realizado dicho tramite, se tiene que inscrbir la sucesion intestada en las partidas registrales de todas las propiedades que tenga el causante, sean inmuebles, muebles. Esto por un tema de seguridad juridica de los herederos forzosos.

    Sobre la esclava de oro, o cualquier otro tramite que tenia realizar el causante, se tiene que presentar el acta de protocolizacion de la sucesion intestada, a fin de que los herederos forzosos actuen en representacion de los intereses del causante.

    En sucesiones siempre existe un orden de prelacion, asi que si el causante tuvo un solo hijo, pues ese niño sera el unico heredero forzoso de toda la masa hereditaria del causante. Para eso haz el tramite que te mencione en el primer parrafo. Los representantes de los menores son los padres en primer orden ( patria potestad).

    La sucesion intestada es importante en transferencias y sobretodo si existen varios herederos (division y particion)
    Última edición por Kristof; 26/03/2010 a las 12:06

  8. #8
    Pedro Antonio
    Guest

    Predeterminado Re: Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

    [quote=HT-Inmortal;1074246]Estudio Derecho y hace poco me hicieron una consulta.

    Una chica convive 3 años con su novio, al segundo año tienen un hijo, a los 6 meses el novio fallece.

    Unos meses antes de fallecer el novio habia empeñado una joya que era del bebe (una esclava de oro), una semana antes de fallecer terminó de pagar la deuda y solo estaba para recojo.

    Como no tenia tiempo, le dio un poder a un amigo; este amigo fue luego del fallecimiento del señor y en la financiera verificaron que el titular habia fallecido y pedían una sucesión intestada para hacer la entrega.

    Ahora :

    Yo considero que este requisito es en extremo "formalista", el bebe tiene partida de nacimiento y esta reconocido, bien la madre podria pedir el recojo como representante del menor (quien de todas formas es heredero forzoso)

    La otra idea que plantearon quienes me consultaron fue que se haga una declaracion judicial de convivencia y mi duda viene en el sentido que si esa declaracion confiere per se derechos sucesorios o solo da legimitidad para obrar en un futuro proceso ( de sucesion intestada ) a la conviviente.

    Los bienes hereditarios son reinvidicables por cualquiera de los herederos, sea quien los posea de buena o mala fe, el niño al estar ya reconocido tiene tal calidad.

    Ahora : la madre tiene representacion judicial para actuar en nombre del niño en cualquier proceso.

    Que se les ocurre a Ustedes?[/quote

    ES NECESARIA LA SUCECION INTESTADA, EN VIA NOTARIAL ES MAS RAPIDA AUNQUE TE COSTARA UN POQUITO MAS, Y RUEGA QUE LA PARTIDAS NO TENGAN ALGUN ERROR SINO PS TENDRAS QUE RECTIFICARLAS.

  9. #9
    Senior Member Avatar de D0khur
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    Predeterminado Re: Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

    Todo lo que hacen porque no prestar atencion a sus clases - dedikense a estudiar y no pedir que les ayuden con la tarea en el foro - ...
    Algunas personas ven cosas donde no las hay - ...

  10. #10
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    Predeterminado Re: Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

    si estudias derecho consultare ha alguno de tus profesores donde estudias porsiaca seguro en esas universidades del monto q hay

  11. #11
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    Predeterminado Re: Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

    1) El bebe al ser menor de edad NO puede ser propietario bajo ninguna condicion de ABSOULTAMENTE NADA.

    2) Si la joya era del padre del bebe, y el padre muere, el único heredero legal es el hijo, ya que la mujer que dio vida al bebe no es su esposa por lo que no tiene derecho sobre los objetos del padre, pero al ser consanguinea y progenitora del bebe ella tendra a cargo todos los bienes del padre del bebe hasta que este cumpla 18 años en este momento el bebe adquiere el 100% de lo que el padre haya dejado para el.

    3) Como la madre sera la que se hara cargo de los bienes del padre del bebe, ella debera ir a pedir la joya.

  12. #12
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    Predeterminado Re: Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

    A mi me paso algo parecido pero con unas acciones... mi papa era propietario de ellas y cuando murio en teoria me las dejo a mi... recuerdo que el juez puso a mi madre como turora o algo asi de las acciones en cuestion hasta que yo tenga la mayoria de edad...
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  13. #13
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    Predeterminado Re: Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

    Cita Iniciado por burbank Ver mensaje
    A mi me paso algo parecido pero con unas acciones... mi papa era propietario de ellas y cuando murio en teoria me las dejo a mi... recuerdo que el juez puso a mi madre como turora o algo asi de las acciones en cuestion hasta que yo tenga la mayoria de edad...
    Eso es correcto, el juez debe elegir un tutor legal que pueda administrar los bienes heredados hasta que el heredero alcance la mayoría de edad legal.

    Los hijos son generalmente los primeros en el orden al obtener una herencia. Luego siguen los padres, los abuelos, los hermanos (tíos).
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  14. #14
    Member Avatar de Messiah
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    Predeterminado Re: Derecho : Consulta (Estudiantes de derecho)

    Cita Iniciado por burbank Ver mensaje
    A mi me paso algo parecido pero con unas acciones... mi papa era propietario de ellas y cuando murio en teoria me las dejo a mi... recuerdo que el juez puso a mi madre como turora o algo asi de las acciones en cuestion hasta que yo tenga la mayoria de edad...
    ¿Tu papá hizo un testamento? ya que tengo entendido que si es que no lo hizo, sus bienes a repartirse quedan en lo que conocemos como sucesión intestada, al menos por lo que entiendo, tu mamá deberia obtener un 75% de los bienes de tu fallecido padre y tu un 25 %.

    El orden por el cual se prioriza la repartición de bienes en una sucesión intestada es el siguiente, si mi memoria no falla:

    1)Cónyuge.
    2)Descendientes(hijos) si los tuviere.
    3)Ascendientes(padres) si aun vivieran.

    P.D: Mi pésame por lo de tu papá.

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